12 | 09 | 2017 Futbol
Importantes sanciones del Tribunal de la Ceresina
Luego de las agresiones sufridas por árbitros, el Tribunal de Penas aplicó duras sanciones a los jugadores involucrados. Las suspensiones van desde los 15 partidos hasta los 10 años
EXPEDIENTE: CLUB UNION Y JUVENTUD BANDERA VS ATLÉTICO TOSTADO
Visto el informe del árbitro y las constancias fílmicas aportadas por el comité ejecutivo, vencido los plazos para realizar los descargos correspondientes
ESTE TRIBUNAL RESUELVE:
SUSPENDER al jugador número 2 Villafañe Walter, del Club Unión y Juventud de Bandera por el plazo de 1 (un) año conforme el Articulo 183, atento a la no presentación del descargo
SUSPENDER al Jugador Numero 11, CABRERA Mariano, del Club Unión y Juventud de Bandera por el plazo de 15 (Quince) partidos por aplicación del art 184, teniendo en consideración el descargo presentado
SUSPENDER al jugador Nº 6 GALEANO Luciano, del Club Unión y Juventud de Bandera por el plazo de 2 (Dos) años por aplicación del art 183, atento a la no presentación del descargo
SUSPENDER al jugador Nº 14 VERA Juan Carlos, del Club Unión y Juventud de Bandera por el plazo de 1 (Un) año por aplicación del art 183, atento a la no presentación del descargo
ABSOLVER a los jugadores, Nº 7 BARROS Juan Manuel, y Nº 5 CANTADORI Matías, del Club Unión y Juventud de Bandera, teniendo en consideración el descargo presentado adjuntando una constancia policial que acredita lo manifestado;
EXPEDIENTE: CLUB UNIÓN CULTURAL Y DEPORTIVA SAN GUILLERMO VS CLUB ATLETICO LIBERTAD DE VILLA TRINIDAD
VISTO el informe del árbitro y las constancias fílmicas aportadas por el comité ejecutivo, y la ausencia de descargo conforme el art 295 debido a que el correspondiente no está suscripto por el legitimado,
ESTE TRIBUNAL RESUELVE:
Suspender al jugador Nº 2 OJEDA Jonatán, del Club Libertad de Villa Trinidad, por el plazo de 10 (Diez) años conforme a los Articulos 183, 189, 295
Así mismo se amonesta a los señores Ariel Gustavo Galliano y Fernando Sebastián Abratte, en carácter presidente y secretario del Club Atlético Libertad de Villa Trinidad por las manifestaciones vertidas en nota presentada a este Honorable tribunal en el primer párrafo del escrito presentado en fecha 11 de Septiembre de 2017